Sucesiones
Interpretación testamentaria: partición o meras instrucciones de la fallecida
Algunos de los herederos de una señora quieren inscribir la parte de la herencia que les correspondería, realizando la partición de la misma conforme a lo establecido por la fallecida. El registrador rechaza la inscripción de dicha partición o distribución de la herencia, afirmando que para ello es necesaria la intervención del resto de los herederos, pues en el testamento, la testadora no hizo por sí misma la partición, sino que se limitó a establecer unas reglas, u órdenes, que debían ser seguidas para establecer las distintas partes hereditarias.
Para determinar si la fallecida realmente había hecho una partición, o si simplemente había establecido unas reglas o instrucciones, es necesario interpretar el testamento.
El primer elemento en la interpretación de los testamentos es el literal, pero también se deben utilizar otros elementos interpretativos para establecer cuál es el verdadero significado de las cláusulas testamentarias, atendiendo fundamentalmente a la voluntad del testador.
En el presente caso es determinante el hecho de que, además de los términos generales en que se expresó la testadora, no manifieste que está realizando ya la adjudicación de bienes concretos con efectos desde la apertura de la sucesión y la consiguiente aceptación de la herencia. La Dirección General concluye que, las disposiciones no son sino instrucciones para la partición que habrá de realizarse con consentimiento de todos los interesados.
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